Normativa Común sobre Regulación del Visado colegial
Aprobada por acuerdo de la Asamblea Ordinaria del Consejo Superior de 25 de noviembre de 2011.
Modificación del artículo 16 aprobado por acuerdo de la Asamblea Ordinaria del Consejo Superior de 30 de noviembre de 2023.
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Art.1 Visado colegial
Art.2 Objeto del visado
Art.3 Legitimación para las solicitudes de visado y facturación de su precio
CAPÍTULO II. De la competencia para el ejercicio de la función de visado
Art.4 Aplicación al visado obligatorio y voluntario
SECCIÓN I. Disposiciones generales
Art.5 Ámbito territorial del ejercicio de la función de visado
Art.6 Ámbito objetivo del ejercicio de la función de visado
SECCIÓN II. Procedimiento de cooperación colegial para la interterritorialidad
Art.7 Intervención en el procedimiento de visado de un solo Colegio de Arquitectos
Art.8 Intervención en el procedimiento de visado de varios Colegios de Arquitectos
Art.9 Cooperación interterritorial entre Colegios de Arquitectos
Art.10 Procedimiento de interritorialidad
CAPÍTULO III. Disposiciones específicas aplicables al visado obligatorio
Art.11 Aplicación al visado obligatorio
SECCIÓN I. Concepto y naturaleza del visado obligatorio
Art.12 Concepto
Art.13 La obligación del visado colegial
Art.14 Precio del visado colegial obligatorio
SECCIÓN II. Objeto y alcance del visado obligatorio
Art.15 Trabajos profesionales objeto del visado obligatorio
Art.16 Alcance del visado
Art.17 Documentos objeto de visado obligatorio
Art.18 Trabajos profesionales exceptuados del visado colegial obligatorio
SECCIÓN III. Del desarrollo del proyecto de edificación a través de proyectos parciales u otros documentos técnicos
Art.19 El proyecto de edificación y su desarrollo mediante proyectos parciales u otros documentos técnicos
Art.20 Integridad formal del proyecto edificatorio
Art.21 Concepto de proyectos parciales
Art.22 Concepto de documentos técnicos de desarrollo o complemento del proyecto edificatorio
Art.23 Visado de los proyectos parciales y documentos técnicos complementarios
SECCIÓN IV. El visado en los supuestos en que el proyecto edificatorio se desarrolle por fases
Art.24 Comprobaciones del visado cuando el proyecto edificatorio se haya elaborado por fases
SECCIÓN V. Del visado de los certificados finales de obra de edificación
Art.25 Documentación objeto de visado
Art.26 Modificaciones del proyecto
Art.27 Documentación obligatoria del seguimiento de la obra
Art.28 Otros documentos de la fase de dirección de obra
SECCIÓN VI. De la competencia y procedimiento para el visado del certificado final de obra
Art.29 Competencia objetiva
Art.30 Comprobaciones del visado del certificado final de obra
Art.31 Procedimiento de cooperación intercolegial para el visado del certificado final de obra
CAPÍTULO IV. Normas autonómicas y locales aplicables al visado obligatorio
Art.32 La componente de visado autonómica y local
CAPÍTULO V. Del visado voluntario
Art.33 Concepto
Art.34 Alcance del visado voluntario
CAPÍTULO VI. Normas generales del procedimiento de visado
Art.35 Disposiciones generales del procedimiento de visado
Art.36 Resolución de visado
Art.37 Resolución del procedimiento de visado. Recursos
DISPOSICIONES ADICIONALES
1. Libre prestación de servicios de profesionales comunitarios
2. Otros medios de control
3. Reglamentos colegiales sobre visado
4. Servicios de registro, depósito y custodia de los Colegios de Arquitectos
5. Habilitación al Pleno de Consejeros
6. Entrada en vigor. Adaptación
DISPOSICIÓN FINAL
Descargas:
Normativa Común de Visado (100 kb)
Anexo 1. Criterios comunes de visado (262 kb)
Anexo 2. Trabajos profesionales objeto de visado obligatorio (303 kb)
Anexo 3. Modelo de informe de proyectos de edificación (25 kb)
Anexo 4. Manual de calidad del proyecto arquitectónico (2,30 Mb)