Artículo 45. Estatutos particulares del COAGC
1. Para la renovación de cargos de la Junta de Gobierno, cuando corresponda, se celebrarán elecciones en la sede colegial el día del mes de mayo que acuerde la Junta de Gobierno.
2. Los cargos de la Junta de Gobierno serán elegidos por sufragio universal, igual, libre y secreto entre todos los colegiados con derecho a voto.
3. La duración del mandato de los cargos colegiales será de cuatro años.