El Tesorero

Artículo 26. Estatutos particulares del COAC

El Tesorero asume las funciones propias de la gestión presupuestaria, financiera, interventora, patrimonial y, en general, económica del Colegio.

En dicha condición le corresponde:

  1. Materializar la recaudación y custodiar los fondos de los Órganos generales del COAC.
  2. Aprobar y pagar los libramientos ordenados por el Decano.
  3. Informar periódicamente al Decano, para conocimiento de la Junta de Gobierno, de la ejecución del Presupuesto y de la situación de la Tesorería.
  4. Formalizar anualmente las cuentas del ejercicio económico vencido y la liquidación del correspondiente Presupuesto de los Órganos generales y del consolidado.
  5. Elaborar el proyecto de Presupuesto de los Órganos generales y el agregado.
  6. Llevar los libros contables que sean necesarios de acuerdo con el ordenamiento jurídico aplicable.
  7. Ingresar y retirar fondos de los establecimientos de crédito y ahorro conjuntamente con el Decano y/o miembros autorizados de la Junta de Gobierno.
  8. Custodiar y llevar un inventario actualizado de los bienes del COAC.
  9. Percibir los intereses y rentas.
  10. Dirigir la contabilidad de los Órganos generales y verificar la Caja.
  11. Efectuar la anotación interventora de todos los documentos que reflejen movimientos de fondos de los servicios generales.
  12. Coordinar las actividades económicas de las Demarcaciones con la de los Órganos generales.
  13. Impartir al personal de alta dirección de los Órganos generales, si existieren, las instrucciones precisas para garantizar la puntual y eficaz realización material de los anteriores cometidos.
  14. Presidir la Comisión de Tesoreros del COAC, órgano integrado por los Tesoreros del conjunto de la organización colegial que tendrá por finalidad estudiar y proponer a la Junta de Gobierno la adopción de aquellas medidas normativas o de gestión que favorezcan la coordinación entre la Tesorería de Órganos generales y las Tesorerías de las Demarcaciones, así como de estas últimas entre sí, y, en particular, la aprobación de modelos de impresos y otros documentos y procedimientos unificados necesarios para el buen gobierno económico de los Órganos colegiales, tanto generales como territoriales.