De la Junta Directiva

Artículo 22. Reglamento de la AAPF

La Junta Directiva es el órgano permanente de gobierno de la Agrupación.

Sus funciones serán las siguientes:

  1. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea General.
  2. Administrar los fondos de la Agrupación.
  3. Proponer a la Asamblea General los acuerdos que sea preciso someter a ella.
  4. Resolver lo precedente sobre la aceptación o denegación de solicitudes de admisión de nuevos miembros.
  5. Mantener informados a los agrupados de todas las cuestiones que les afecten como miembros de la Agrupación.
  6. Velar por el cumplimiento de los fines de la Agrupación.