De los acuerdos de la Asamblea General

Artículo 20. Reglamento de la AAPF

Los acuerdos de la Asamblea General serán adoptados por mayoría simple de votos emitidos y obligarán a todos los miembros de la Agrupación.

No obstante, los acuerdos concernientes a una moción de censura contra alguno o algunos miembros de la Junta Directiva, o de disolución de la Agrupación, deberán ser aprobados por dos tercios de los Agrupados presentes o representados, siempre que supongan, al menos el veinticinco por ciento de los miembros de la Agrupación, figurando expresamente este punto en el Orden del Día de la Convocatoria de Asamblea General.