Régimen de las sesiones

Artículo 11. Estatutos particulares del COAGC

1. La Mesa estará formada por los miembros de la Comisión Permanente, sin perjuicio de la incorporación a la misma de aquellos otros cargos de la Junta de Gobierno que hayan de informar sobre los asuntos incluidos en el orden del día.

2. Todos los colegiados no suspendidos en sus derechos podrán asistir con voz y voto a las Asambleas Generales. El voto deberá ser personal y directo.

3. En el caso extraordinario de convocatoria a petición de la décima parte de los colegiados, para que puedan adoptarse acuerdos válidos será preciso un quórum de votación de la vigésima parte de los colegiados.