Artículo 63. Estatutos generales
En su organización y funcionamiento el Consejo se rige por las siguientes normas:
- La legislación estatal en materia de Colegios Profesionales.
- El resto del ordenamiento jurídico que le resulte aplicable.
- Estos Estatutos Generales y el Reglamento de régimen interior que, en su caso, se apruebe para el desarrollo del presente Título II.