Normas aplicables

Artículo 63. Estatutos generales

En su organización y funcionamiento el Consejo se rige por las siguientes normas:

  1. La legislación estatal en materia de Colegios Profesionales.
  2. El resto del ordenamiento jurídico que le resulte aplicable.
  3. Estos Estatutos Generales y el Reglamento de régimen interior que, en su caso, se apruebe para el desarrollo del presente Título II.