El Tesorero

Artículo 26. Estatutos particulares del COAGC

El Tesorero asume las funciones propias de la gestión presupuestaria, financiera, interventora, patrimonial y, en general, económica del Colegio.

En dicha condición le corresponde:

  1. Recaudar, custodiar y administrar los fondos del Colegio.
  2. Aprobar y pagar los libramientos ordenados por el Decano.
  3. Informar periódicamente al Decano, para conocimiento de la Junta de Gobierno, de la ejecución del Presupuesto y de la situación de la Tesorería.
  4. Formalizar anualmente las cuentas del ejercicio económico vencido y la liquidación del correspondiente Presupuesto del Colegio.
  5. Elaborar el proyecto de Presupuesto anual de gastos, ingresos e inversiones del Colegio.
  6. Llevar los libros contables que sean necesarios de acuerdo con el ordenamiento jurídico aplicable.
  7. Ingresar y retirar fondos de los establecimientos de crédito y ahorro conjuntamente con el Decano y/o miembros autorizados por la Junta de Gobierno.
  8. Elaborar y llevar al día los Inventarios y Registros valorados de bienes, valores, titularidades, obligaciones, participaciones y derechos económicos y patrimonio del Colegio.
  9. Percibir los intereses y rentas.
  10. Dirigir la contabilidad del Colegio y verificar la Caja.
  11. Efectuar la anotación interventora de todos los documentos que reflejen movimientos de fondos de los servicios del Colegio.
  12. Impartir al personal del Colegio las instrucciones precisas para garantizar la puntual y eficaz realización material de los anteriores cometidos, sin perjuicio de las que emanen del Decano y la Junta de Gobierno.
  13. Gestionar la apertura y cancelación de cuentas.
  14. Realizar cuantas funciones relacionadas con las anteriores le sean encomendadas por la Junta de Gobierno.
  15. Ejercer el cargo de Tesorero del Consejo Canario de Colegios de Arquitectos conforme a las previsiones estatutarias de este.